jueves, 30 de septiembre de 2010

Bruselas autoriza las ayudas de España al carbón hasta 2014

La Comisión Europea considera que respetan las normas comunitarias sobre subvenciones públicas

La Comisión Europea (CE) ha autorizado las ayudas de España al consumo de carbón nacional por parte de los productores de electricidad, aunque sólo hasta diciembre de 2014. Esta decisión supondrá que diez centrales de energía de nuestro país podrán mantener la recepción de dinero de las arcas públicas a cambio de consumir carbón de origen nacional. Bruselas considera que estas ayudas respetan las normas comunitarias sobre subvenciones públicas.
La directiva que regula el funcionamiento del mercado de la electricidad de la Unión Europea (UE) permite a los Estados miembros instaurar este tipo de obligaciones de servicio público, por motivos relacionados con la seguridad del abastecimiento energético, hasta un límite del 15% del consumo nacional de electricidad.
El Gobierno español defendió que el Real Decreto de ayuda al carbón es una medida transitoria necesaria para garantizar la seguridad del suministro de electricidad durante los próximos cuatro años en un país que continua mal interconectado con otros grandes mercados europeos de electricidad y que tiene una elevada cuota de energía renovables como la eólica o la solar, cuya producción es hasta el momento muy intermitente ya que depende de factores que no se pueden prever, como son los flujos de viento o el nivel de sol.
La CE precisó que estas ayudas son posibles "siempre y cuando no rebasen la diferencia entre los gastos resultantes de prestar el susodicho servicio público y los beneficios obtenidos al respecto". Por esta razón, "la compensación a las centrales se circunscribe a los costes extraordinarios impuestos por el servicio público".
El ejecutivo comunitario ha fijado en 23,4 teravatios hora (TWh) la generación de energía eléctrica en nuestro país a partir de carbón subvencionado de 2011 a 2014, lo que equivale al 9% del consumo nacional, y por tanto por debajo del techo del 15% que establece la directiva europea. Para lo que queda de 2010 los volúmenes de electricidad no excederán de 9,6 TWh.

martes, 28 de septiembre de 2010

ENERGIA NUCLEAR

La energía nuclear es la energía que se libera espontánea o artificialmente en las reacciones nucleares.Estas reacciones se dan en los núcleos de algunos isótopos de ciertos elementos químicos, siendo la más conocida la fisión del uranio-235 (235U), con la que funcionan los reactores nucleares, y la más habitual en la naturaleza, en el interior de las estrellas, la fusión del par deuterio-tritio (2H-3H). Sin embargo, para producir este tipo de energía aprovechando reacciones nucleares pueden ser utilizados muchos otros isótopos de varios elementos químicos, como el torio-232, el plutonio-239, el estroncio-90 o el polonio-210 (232Th, 239Pu, 90Sr, 210Po; respectivamente).

domingo, 26 de septiembre de 2010

CABALLO DE VAPOR

El caballo de vapor (CV) es una unidad de medida de potencia que se define como la potencia necesaria para elevar verticalmente un peso de 75 kgf a 1 m de altura en 1 s.


Surgio cuando se trató de imponer el Sistema Métrico Decimal, originado en Francia, para la unidad de Potencia se buscó un valor similar al caballo de fuerza inglés, pero utilizando unidades decimales. Así nació el caballo de vapor, cheval au vapeur en francés (CV). En su definición (como se ve al principio de este artículo) se utilizan unidades del Sistema Métrico Decimal. Es solamente un 1,368% menor que el horsepower inglés. Actualmente se encuentra en desuso.


La relación entre ambas unidades y las respectivas relaciones con el W, unidad de potencia del Sistema Internacional de Unidades, son las que se indican:
  • 1 CV = 0,986 320 070 619 67 HP = 735,498 750 000 00 W ≈ 736 W
  • 1 HP = 1,013 869 665 423 850 CV = 745,698 715 821 60 W ≈ 746 W
Como el CV no pertenece al Sistema Internacional de Unidades, actualmente tiene un uso desigual y frecuentemente impreciso, ya que se le confunde con el HP inglés. Así, sigue siendo habitual referirse a la potencia de los motores de automóviles, embarcaciones, etc en «caballos»; pero sin aclarar que tipo de caballos (CV, CV-DIN o HP). En los paises en los que el Sistema Internacional es el único legal, se utiliza el kW como unidad de potencia, aunque se acompañe de su equivalencia en algún tipo de «caballos» (En España, normalmente CV).